El Derecho Internacional Humanitario
(DIH) es aquel que contempla los efectos de la guerra a fin de rescatar la
seguridad y dignidad de los civiles. El DIH nos hace cuestionarnos acerca de
porqué una rama de derecho tiene como punto sustancial involucrarse en
escenarios bélicos donde los Derechos Humanos son vulnerados a los largo de un
conflicto; esto radica en la importancia que sostiene la herramienta sustentada
en los Convenios de Ginebra de 1949. El
DIH busca “un equilibrio entre las necesidades militares y el principio de
humanidad, es decir, entre lo que es necesario para vencer al adversario y lo
que simplemente denota crueldad”. Lo que
lo liga a la preservación y estabilidad del ser humano en el contexto de guerra
ya sea internacional o no internacional, además, nos lleva a contemplar que
este es aplicable solo en determinados momentos y podríamos darle el nombre de
Derecho de Excepción.
El DIH se
encuentra formulado fundamentalmente en los 4 Convenios de Ginebra de 1949, en
los que forman parte casi todos los países del mundo. Allí se enmarcan los 4
tratados adiciones de los Protocolos I y II de 1977, que hacen preponderancia a
la protección de las víctimas en tiempo de conflicto armado internacional y no
internacional. . En cuanto a su
contenido, el DIH se encarga principalmente de dos cuestiones: la protección de
las víctimas de los conflictos armados y la limitación de los medios de
combate.
¿Hay
diferencia entre conflicto internacional y no internacional armado?
Según las
disposiciones del Articulo 2 del Convenio de Ginebra de 1949 un Conflicto
Armado Internacional (CAI) es aquel en el que se enfrentan Altas Partes
Contratantes en sentido de Estados. Aquí las normas del DIH pueden ser
aplicables incluso en falta de reconocimiento de guerra por cualquiera de las
partes, el DIH se sustenta en la protección de la población civil. Para el
Tribunal Penal Internacional para Yugoslavia se tanteo el panorama en el que se
con tanto que un CAI es en cuando…“se recurre a la fuerza armada entre Estados”,
y es esta definición la que es aplicable por parte de organismos
internacionales.
Por otro
lado un Conflicto Armado No Internacional (CANI), a partir de dos sentidos:
El primero
es el artículo 3 común de los convenios de ginebra en donde el CANI es el
conflicto que ocurre dentro de una de las Altas partes Contratantes, que
obliga al uso de la fuerza armada en contra de grupos armados. En este
sentido para la aplicación del DIH, el conflicto debe alcanzar el mínimo de
hostilidades contra la población civil y los grupos no gubernamentales deben
ser consideradas parte del conflicto en el sentido en el que disponen de armas
organizadas.
Otra definición
del CANI se da a partir del Articulo 1 del Protocolo adicional II, en donde
este se considera como el enfrentamiento entre entes gubernamentales y grupos
armados, o entre grupos armados organizados que ejerzan control sobre un
territorio determinado.
EL DIH es
una rama del derecho que fortalece los mecanismos para la acción bajo
situaciones de conflicto armado que justifiquen los actos de violencia opuestos
a todo principio y derecho de la humanidad. No debe negarse la importancia de
su existencia para generar un respeto a los derechos básicos de dignidad y
seguridad, sobre todo en etapas de guerra.
Referencias
Comite Internacional de la Cruz Roja.(2008). ¿Cual es la definición de " conflicto armado" según el Derecho Internacional Humanitario?
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